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El Santuario, Monumento Nacional En Daimiel no tenemos en cuenta el patrimonio artístico que tenemos. Sabemos que no es tan numeroso como otras poblaciones cercanas, sea Almagro como ejemplo; pero si que tenemos algunos edificios declarados monumento histórico-artístico como los templos de Santa Maria y San Pedro, e incluso poseemos la catalogación de Monumento histórico-artístico de carácter NACIONAL (según la legislación de estos momentos ha pasado a llamarse BIEN INTERÉS CULTUAL), como es el caso del Santuario de Nuestra Patrona. Tenemos que sentirnos orgullosos los hermanos de la Hermandad , así como todos los daimieleños en general, de tener un Santuario tan precioso y tan bien conservado gracias a la labor, que también es bueno decirlo, de muchas personas que han pasado por los cargos de las Juntas Directivas. Un Santuario declarado Monumento Nacional nos puede indicar a los daimieleños que hemos cumplido con el encargo que la Virgen Maria hizo a el zagalillo Juan: < < ...e fuese junto con él a la villa de Daimiel a mandar que quieran edificar allí un templo sagrado que de las Cruzes nombrado siempre sea... > > A modo de curiosidad y formación para todos los ínter nautas, trascribimos a continuación dos informes de la tramitación del Santuario de Nuestra Señora de las Cruces como Monumento Nacional: Informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando sobre propuesta de declaración de monumento histórico-artístico del Santuario de Nuestra Señora de las Cruces.(1982) En la sesión celebrada por esta Real Academia el día 3 de los corrientes, fue leído y aprobado el siguiente dictamen de la Comisión Central de Monumentos (Ponente el Ilmo. Señor don Ramón José Maldonado y Cocat, académico correspondiente a esta Corporación en Ciudad Real), relativo a la propuesta de declaración de Monumento Histórico-Artístico a favor del Santuario de Nuestra Señora de las Cruces en Daimiel (Ciudad Real). En contestación a la petición de informe de esa Real Academia sobre la posibilidad de ser declarado Monumento Histórico-Artístico el Santuario de Nuestra Señora de las Cruces, termino de Torralba de Calatrava, en esta provincia de Ciudad Real, el Académico que suscribe tiene el honor de informar lo siguiente: Dicho Santuario es de gran devoción y popularidad, no solo entre los vecinos de Daimiel y Torralba, sino del Campo de Calatrava. Lo rige con todo rigor y atención una Hermandad que ha llevado a cabo, después de la guerra de 1936, su restauración así como de la Imagen Titular. Se conservan restos románicos, parte de la edificación del siglo XVI, algunos lienzos dignos de interés siendo el resto del pasado siglo y del presente. La iglesia puede situarse hacia el siglo XVII, aunque muy retocada y modificada. Lo mas importante que guarda el Santuario es la Imagen de la Virgen de las Cruces que puede situarse en el siglo XV y que ha sido acertadamente restaurada en nuestra época. De todo lo anterior, salvo el mejor criterio de esa Real Academia, puede ser declarado dicho Santuario Monumento Histórico-Artístico con carácter provincial. No obstante lo expuesto por la ponencia, esta Real Academia considera que el mencionado Santuario de Nuestra Señora de las Cruces en Daimiel (Ciudad Real), sea declarado Monumento Histórico-Artístico de carácter NACIONAL. Lo tengo el honor de dar traslado a V.I. para su conocimiento y superior resolución, adjuntándole el expediente de trasferencia. Dios guarde a V.I. muchos años.
Madrid, 6 de mayo de 1982 El Secretario General: Enrique Pardo Canalís El Director: Federico Moreno Torroba.
Real Decreto 3240/1982 por el que se declara monumento histórico-artístico de carácter NACIONAL al Santuario de la Virgen de las Cruces.(1982) La Dirección de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas incoó expediente a favor del Santuario de Nuestra Señora de las Cruces en Daimiel, para su declaración como Monumento Histórico-Artístico. La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando en el Informe emitido con arreglo a las disposiciones vigentes, sobre el mencionado expediente, ha señalado que dicho Santuario reúne los meritos suficientes para merecer dicha declaración. En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos tercero, catorce y quince de la Ley de 13 de mayo de 1933, y diecisiete, dieciocho y diecinueve del Reglamento para su aplicación de 16 de abril de 1936, a propuesta de la Ministra de Cultura y previa deliberación en el Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de noviembre de 1982. DISPONGO: Articulo 1: Se declara Monumento Histórico-Artístico de carácter NACIONAL el Santuario de Nuestra Señora de las Cruces, en Daimiel (Ciudad Real). Articulo 2: La tutela de este monumento, que queda bajo la protección del Estado, será ejercida a través de la Dirección General de Bella Artes , Archivos y Bibliotecas, por el Ministerio de Cultura, el cual queda facultado para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el mejor desarrollo del presente Real Decreto.
JUAN CARLOS, R. La Ministra de Cultura, Soledad Becerril Bustamante. |
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